Uniformados de la Policía Nacional en el corregimiento de Tutunendo adscritos al Departamento de Policía Chocó se encontraban realizando labores de patrullaje y planes operativos en el sector puente catugado, jurisdicción del municipio de Quibdó, cuando detuvieron una motocicleta para solicitarles antecedentes a los ocupantes del mismo.
Al verificar la información de la persona, la base de datos del Sistema Penal Oral Acusatorio, SPOA, arrojó que este hombre conocido con el remoquete de 'cacique' debería estar cumpliendo detención domiciliaria en el barrio niño Jesús del municipio de Quibdó, en calidad de condenado; beneficio que le fue otorgado por un juez de la República por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones.
Por tal motivo, los uniformados procedieron a capturarlo y trasladarlo a las instalaciones de la Uri de la Fiscalía, donde fue judicializado por el delito de fuga de presos.
El artículo 448 del Código Penal Colombiano en el que estipula el delito de fuga de presos señala lo siguiente: el que se fugue estando privado de su libertad en centro de reclusión, hospital o domiciliariamente, en virtud de providencia o sentencia que le haya sido notificada, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses, es decir de 4 a 9 años de cárcel.